Una vez cada 6 meses usted tiene el derecho a ir al Boletin Comercial, o al DICOM, o cualquier empresa que lucre con su información privada y pedir por escrito la información que manejan de usted.
Artículo 12.-
Toda persona tiene derecho a exigir a
quien sea responsable de un banco, que se dedique en
forma pública o privada al tratamiento de datos
personales, información sobre los datos relativos a su
persona, su procedencia y destinatario, el propósito del
almacenamiento y la individualización de las personas u
organismos a los cuales sus datos son transmitidos
regularmente.
En caso de que los datos personales sean erróneos,
inexactos, equívocos o incompletos, y así se acredite,
tendrá derecho a que se modifiquen.
Sin perjuicio de las excepciones legales, podrá,
además, exigir que se eliminen, en caso de que su
almacenamiento carezca de fundamento legal o cuando
estuvieren caducos.
Igual exigencia de eliminación, o la de bloqueo de
los datos, en su caso, podrá hacer cuando haya
proporcionado voluntariamente sus datos personales o
ellos se usen para comunicaciones comerciales y no desee
continuar figurando en el registro respectivo, sea de
modo definitivo o temporal.
En el caso de los incisos anteriores, la
información, modificación o eliminación de los datos
serán absolutamente gratuitas, debiendo proporcionarse,
además, a solicitud del titular, copia del registro
alterado en la parte pertinente. Si se efectuasen nuevas
modificaciones o eliminaciones de datos, el titular
podrá, asimismo, obtener sin costo copia del registro
actualizado, siempre que haya transcurrido a lo menos
seis meses desde la precedente oportunidad en que hizo
uso de este derecho. El derecho a obtener copia gratuita sólo podrá ejercerse personalmente.
Si los datos personales cancelados o modificados
hubieren sido comunicados previamente a personas
determinadas o determinables, el responsable del banco
de datos deberá avisarles a la brevedad posible la
operación efectuada. Si no fuese posible determinar las
personas a quienes se les hayan comunicado, pondrá un
aviso que pueda ser de general conocimiento para quienes
usen la información del banco de datos.
Vea la ley completa en la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
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